A raíz del nuevo boom de la estafa piramidal conocida como el “Telar de la abundancia” o “Flor de la abundancia”, que en los últimos días estuvo circulando en las redes sociales, la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac) difundió una serie de recomendaciones para no caer en la trampa. Las víctimas que son en su mayoría mujeres, porque la maniobra circuló bajo un manto de “empoderamiento femenino”, pueden hacer la denuncia en el organismo.

“Se trata de un mecanismo mediante el cual se invita al público a colocar su dinero con promesas de retribuirle intereses exorbitantes”, advirtieron desde la Procelac, argumento que aplica a todas las estafas de tipo piramidal.

Frente a la fuerte difusión en los últimos días, el organismo reiteró las recomendaciones para evitar ser víctima de este delito.

Recomendaciones
-Como el dinero que ingresa al sistema o “telar” no se destina a ninguna actividad que produzca ganancias, la posibilidad de obtener lo prometido depende pura y exclusivamente del ingreso de nuevos participantes.

-Con la creación de nuevos grupos –condición indispensable para obtener más dinero- se necesitan cada vez más personas para completarlos. Por lo que aumenta las posibilidades de que el mecanismo se quiebre y se produzcan las pérdidas.

-Toda captación de dinero para su utilización en inversiones debe tener sí o sí autorización por parte de las autoridades competentes, como el Banco Central o la Comisión Nacional de Valores.

“Antes de hacer una inversión, es conveniente conocer su funcionamiento, sus condiciones y sus riesgos, así como también obtener información acerca de la seriedad y solidez de quien la administra”, remarcaron desde el organismo de criminalidad económica.

Dónde denunciar
En caso de ser víctima de una estafa, la Procelac recomienda efectuar la denuncia penal ante cualquiera de las fiscalías en lo criminal y correccional.

Desde el organismo, aclararon que el lavado de activos y la intermediación financiera no autorizada son delitos federales (artículos 303 y 310 del Código Penal).

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