La Corte Suprema de Justicia falló a favor de un grupo de provincias, entre ellas La Pampa, y dictó una serie de medidas cautelares que frenan dos decretos del presidente de la Nación Mauricio Macri que afectaron fondos coparticipables.

La medida judicial estableció que la reducción del IVA y del Impuesto a las Ganancias dispuesos luego de las elecciones primarias no puede afectar los fondos de coparticipación que corresponden a las provincias.

El fallo de la Corte Suprema de Justicia surge como respuesta a un reclamo realizado por 15 provincias, que acudieron a la competencia ordinaria del máximo tribunal.

La decisión fue adoptada por mayoría, con los votos de Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti. En minoría quedó el presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, en tanto que la jueza Elena de Nolasco no votó.

En su decisión, el fallo dispuso cautelarmente que los costos fiscales de la aplicación de los decretos impugnados y de las resoluciones generales AFIP sean asumidos con recursos propios del Estado Nacional, sin afectar la coparticipación que corresponde a las provincias de Catamarca, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Tucumán.

Los decretos son el 561/19 y el 567/19, medidas post-PASO que Macri anunció como herramientas de alivio económico y que 15 provincias cuestionaron con el argumento de que son inconstitucionales. El 567/19 estableció la eliminación del IVA de un grupo de alimentos y el 561/19 dispuso una modificación en el alcance del impuesto a las ganancias que pesa sobre los salarios.

Lo que la Corte resolvió son medidas cautelares, pero no se pronunció sobre el fondo del asunto, puntualmente si los decretos son válidos o no, cuya de decisión quedó pendiente.

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