El juez Maximiliano Boga Doyhenard, titular del Juzgado Contravencional de la Segunda Circunscripción Judicial con sede en General Pico, condenó a una docente del Jardín de Infantes N° 9 de Realicó por ejercer malos tratos y castigos inmoderados contra cinco alumnos de cinco años durante el ciclo lectivo 2024.
La sentencia impuso una pena de 75 días-multa, equivalentes a más de 1,4 millones de pesos, y consideró a la maestra autora material y penalmente responsable de tres hechos de malos tratos cometidos en perjuicio de los niños, en concurso real. Además, se le prohibió acercarse o comunicarse con las víctimas por seis meses y se le aplicó una amonestación formal, exhortándola a evitar conductas similares.
El proceso judicial se desarrolló en un debate oral y público realizado en octubre, con la participación del fiscal Sebastián Rawson Paz y el abogado defensor Jerónimo Altamirano. La investigación se había iniciado el 29 de agosto, tras denuncias de padres y responsables de los alumnos afectados.
De acuerdo con el fallo, quedó probado que la docente aplicaba métodos disciplinarios prohibidos, entre ellos gritos, amenazas, privaciones reiteradas del recreo y trato físico inadecuado. En uno de los episodios, tomó con fuerza del brazo a un alumno, lo hizo caminar al trote y lo empujó hacia el aula, mientras profería frases como “les juro por Dios que los que anote en el cuaderno no salen al patio”.
El magistrado destacó que tales prácticas carecen de toda finalidad pedagógica y vulneran los derechos fundamentales de los niños, amparados por la Ley de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (N° 26.061), la Ley Provincial 2703 y la Ley de Educación N° 2511. “Los castigos físicos o psicológicos han sido desterrados del ámbito educativo —sostuvo el juez—; ejercer fuerza o privar del juego y el esparcimiento a un niño de cinco años es inaceptable desde todo punto de vista”.
En su resolución, Boga Doyhenard recordó que el Ministerio de Educación provincial ya había dispuesto la separación preventiva del cargo y un sumario administrativo a la docente por conductas “intolerantes” vinculadas al maltrato físico y verbal.
El fallo consideró como agravantes la corta edad de las víctimas, la posición de autoridad que tenía la imputada como maestra, y el hecho de que los abusos se cometieran en el marco de un empleo público. Como atenuantes, el juez tuvo en cuenta su formación académica, la falta de antecedentes contravencionales y su entorno familiar estable.
